Pacto de Bogota
El Tratado obliga a los países firmantes a resolver cualquier conflicto por medios pacíficos, entre ellos, conciliación y arbitraje. El comentado Pacto de Bogotá, utilizado por Chile y Bolivia durante la fase de argumentos para demostrar la competencia de la Corte Internacional de Justicia de La Haya fue suscrito el 30 de abril de 1948 , pero entró en vigencia en mayo del ’49. También es conocido como el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas.
21 países han firmado el pacto de Bogotá, Chile lo ratificó, pero con ciertas reservas.
En lo fundamental y a lo largo de sus 8 capítulos obliga a los países firmantes a resolver cualquier conflicto por medios pacíficos, es decir; buenos oficios, mediación, investigación, conciliación, arbitraje y procedimiento judicial . Todos estos procedimientos se deben agotar antes de recurrir al Consejo de Seguridad de la ONU.
El Tratado está firmado por 21 países . Sin embargo existen 3 tipos de contratantes y 2 salvedades:
-Ratificado 1968 sin reservas: Brasil, Costa Rica, Haití, Honduras, México, Panamá, República Dominicana y Uruguay.
-Ratificado 1968 con reservas: Bolivia, Chile, Ecuador, Nicaragua, Paraguay y Perú.
-No ha sido ratificado: Argentina, Cuba, Estados Unidos, Guatemala y Venezuela.
-El Salvador lo denunció.
-Colombia se retiró a 9 días que la CIJ mediara en una sesión marítima solicitada por Nicaragua. Al retirarse, Colombia no reconoció la mediación de La Haya.
Cabe mencionar que el 7 de septiembre de 1965, Chile ratificó la firma en el Pacto de Bogotá con la siguiente reserva :
" Artículo único.—Apruébase el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas, denominado Pacto de Bogotá, suscrito en esa capital el 30 de abril de 1948, con la reserva siguiente: "El Gobierno de Chile ratifica el Pacto de Bogotá con la reserva de que sólo considera válidas a su respecto las reservas de terceros países que le hayan sido comunicadas por la Unión Panamericana con la antelación al depósito del correspondiente instrumento de ratificación y que cuenten con su aceptación expresa; y declarando desde luego que no acepta ni aceptará inguna reserva que pretenda modificar en cualquiera forma el alcance literario del artículo VI ."
Comentarios: Observamos que el pacto de Bogota solicita que se cumpla con los elementos de Manejo de Conflictos antes de ir hasta la corte, pero no siempre estan de acuardo alguna de las partes no estan conformes con la solucion, por que siempre se busca un gana - gana de juntas partes, y cuando esto no se consigue siempre dejara un marco de duda en algunas de las partes en conflicto, por eso los dos grupos en conflicto deben acudir a un conciliador en que ambos se sientan satisfechos en el momento de buscar la solucion.
En este link podemos consultar el Pacto de Bogota :
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